¿Qué países pueden implementar el COD?

La República Argentina, la República Federativa del Brasil y la República Oriental del Uruguay, para el Marco de los Acuerdos de Complementación Económica N°14 y N°18 para el comercio bilateral entre Argentina y Brasil, y en el marco de los Acuerdos de Complementación Económica Nº 18 y 57 para el comercio bilateral entre Argentina y Uruguay.